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La broma de una menor con un anuncio falso se convierte en delito

24/08/2018 | por todotalavera

Una investigación de la Policía Nacional de Toledo en relación con un falso anuncio publicado en Internet ofreciendo servicios sexuales, condujo a identificar a una menor de edad como presunta autora de un delito de injurias. Hechos como este son habituales en Internet, cometidos a menudo con la falsa creencia de que se trata de simples bromas que no van a tener más trascendencia, algo que dista mucho de la relidad ya que en Internet no hay impunidad y lo que es delito en la "Vida real", también lo es en la Red.

Las investigaciones comenzaron después de que la víctima, igualmente menor de edad, acudiera a Comisaría a denunciar que desde hace días estaba recibiendo a través de la aplicación de mensajería móvil "Whatsapp" numerosos mensajes de desconocidos, quienes le preguntaban por un anuncio publicado en una página web donde supuestamente ella ofrecía servicios sexuales, figurando su teléfono de contacto y una foto personal que había sido extraída de una red social.

Las pesquisas de los agentes condujeron a la identificación de la presunta autora de los hechos, resultando ser una menor de edad que publicó el anuncio desde el teléfono móvil de otra amiga, aprovechando que estaba en la piscina y conocía su patrón de desbloqueo.

La impunidad no existe en Internet

Es importante que los padres eduquen a sus hijos en el uso seguro y respetuoso de las nuevas tecnologías, para que siempre tengan presente que las mismas leyes que rigen en el día a día, en la calle, en el colegio o en cualquier otro ámbito público, también se extienden a los actos realizados delante del ordenador (o teléfono móvil) y que del mismo modo, también hay que tomar precauciones para no ser objeto de estafas, suplantaciones de identidad, extorsiones o cualquier otro hecho delictivo.
El Código Penal también se va renovando y recogiendo nuevas conductas que merecen ser tipificadas y sancionadas, lo que por ejemplo llevó a la inclusión del delito de "Stalking" (Art. 172 ter), dentro del cual se enmacarían conductas consistentes en hostigar con llamadas, correos electrónicos, mensajes de whatsapp etc... que se reiteran a lo largo del día y se extienden en el tiempo.

Proteger nuestra privacidad

Dentro de los teléfonos móviles se almacenan datos personales de los propietarios, cuentas bancarias, correos electrónicos, direcciones personales, fotografías y vídeos etc...por lo que es muy importante que siempre los protejamos con alguna contraseña, patrón u otro sistema de bloqueo que evite que terceras personas puedan hacer uso del terminal sin nuestra autorización.

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